¿ La Revisión Médica es obligatoria ?

Uno de sus trabajadores quiere hacerse una revisión médica. ¿Está su empresa obligada a ofrecer dicho reconocimiento médico a su plantilla? Si algún empleado no quiere hacerse la revisión, ¿ cómo debe actuar?

Obligatorio para su empresa…

Vigilancia. Su empresa está obligada a vigilar el estado de salud de sus trabajadores, por lo que debe ofrecerles la posibilidad de hacerse una revisión médica. Para ello:

  • Ofrezca la revisión cuando contrate a sus trabajadores, cuando les cambie de funciones –si éstas implican nuevos riesgos–, y cuando se reincorporen tras una IT de larga duración (por ejemplo, de más de tres meses).
  • Asimismo, la ley le obliga a ofrecer la revisión de forma periódica (aunque no concreta cada cuánto tiempo). Es razonable hacerlo una vez al año.
  • Debe hacerse cargo de todos los costes que se generen. Para ello, contrate a un servicio de prevención para que se encargue de las revisiones, y no haga recuperar a sus trabajadores las horas perdidas.

Excepción: Además, si en su actividad existe el riesgo de contraer una enfermedad profesional, es obligatorio que la revisión se practique antes de contratar a sus empleados.

…y voluntario para sus empleados

En general. Ahora bien, una vez su empresa cumpla con su obligación de ofrecer la revisión médica, en general sus trabajadores podrán decidir si se la hacen o no. Es decir, éstos tienen derecho a negarse. Por tanto, acredite que usted ha cumplido con su obligación de ofrecimiento y, si algún empleado se niega, hágale firmar un documento de renuncia.

Obligatorio. Eso sí: la ley prevé algunos casos en los que sí que podrá obligar a sus trabajadores a hacerse la revisión. En concreto, esto ocurrirá en las siguientes situaciones:

  • Cuando dicha revisión sea imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de sus empleados. Sería el caso de un empleado que trabaja en una fábrica cuyo nivel de ruido es elevado.
  • Cuando sea preciso verificar si el estado de salud del trabajador puede ser un peligro para él o para otros trabajadores o personas relacionadas con la empresa. ¡Atención! Así, si un empleado debe manejar una máquina peligrosa, determinar su correcto estado de salud minimiza los riesgos para él y para sus compañeros.
  • Si así lo prevé una disposición legal sobre alguna actividad de especial peligrosidad (contacto con amianto, radiaciones ionizantes…).

Convenio. Si no se dan estas condiciones, no podrá obligar a sus trabajadores a pasar las revisiones médicas (incluso aunque el convenio diga que son obligatorias). Piense que los convenios no pueden fijar otros supuestos de obligatoriedad distintos a los previstos en la ley.

¿Y si se niegan?

Poder disciplinario. Si la revisión médica es obligatoria para sus trabajadores y alguno se niega a hacérsela, sanciónele. Acuda a su convenio y verifique qué tipo de sanción se prevé en estos casos. Si la negativa de su empleado persiste tras haberle sancionado, compruebe si puede despedirlo por causas disciplinarias debido a su reincidencia.

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