Permisos por hospitalización de un familiar.

Uno de sus trabajadores tiene a su madre ingresada en el hospital. ¿En qué momento deberá disfrutar del permiso retribuido? ¿Qué ocurre si la ingresan cada poco tiempo por el mismo motivo?

Derecho. En caso de hospitalización de un pariente de hasta segundo grado, sus empleados tienen derecho a un permiso retribuido de dos días, plazo que se amplía a cuatro días si necesitan desplazarse (a estos efectos, es necesario un desplazamiento de cierta entidad –por ejemplo, de 200 kilómetros por trayecto–, salvo que el convenio fije otra distancia).  Vea algunos casos problemáticos relacionados con este permiso.

Momento del disfrute

Primera duda. La madre de su empleado permanece ingresada desde el pasado mes de julio. Y es ahora, tras disfrutar las vacaciones, cuando el afectado le pide el permiso por hospitalización. Pues bien, tenga en cuenta:

  • El hecho causante del permiso es la hospitalización del familiar. Por tanto, su empleado podrá coger el permiso cuando quiera mientras dure la hospitalización .
  • Usted no puede exigir el disfrute en los primeros días de hospitalización. El fin del permiso es acompañar al familiar mientras dure el ingreso, por lo que se debe poder disfrutar mientras dure la hospitalización, a criterio del trabajador.

Pacto. Si las fechas solicitadas le perjudican (porque, por ejemplo, usted necesita atender un pedido urgente), exponga al afectado la situación e intenten pactar el disfrute en un período alternativo. En caso de que no se pongan de acuerdo, no podrá denegar el disfrute del permiso en los días solicitados por el afectado.

Varias hospitalizaciones

Segunda duda. Puede que la madre de su empleado haya sido hospitalizada con anterioridad por las mismas dolencias y que su empleado ya disfrutara en su día de los dos días de permiso. En ese supuesto, si ahora la vuelven a hospitalizar, el afectado tendrá derecho nuevamente al permiso:

  • Cada hospitalización (aunque sea por la misma enfermedad) supone un hecho causante diferente, por lo que da derecho a permisos sucesivos.
  • Eso sí: los dos días –o los cuatro en caso de desplazamiento– no pueden ampliarse, con independencia de lo que dure la hospitalización.
  • Su empleado puede disfrutar los dos días de forma consecutiva o alterna.

A tener en cuenta

Convenio. Revise si su convenio regula los permisos de forma más favorable para sus empleados. En este sentido, puede que prevea más días de permiso, o que dichos días se computen en días laborables (en lugar de naturales).

Justificación. En todo caso, su empleado deberá preavisarle (para que usted pueda organizarse en su ausencia) y deberá justificar que se ha producido la hospitalización. Para ello:

  • Pídale un certificado del hospital.  Si desconoce el parentesco con el familiar que aparece en el certificado, dígale que se lo justifique (por ejemplo, con el libro de familia).El certificado deberá incluir la fecha del ingreso y mencionar si el familiar continúa ingresado. Usted podrá denegar el permiso si ya le han dado el alta médica. Ahora bien, si el alta es hospitalaria pero el familiar requiere reposo domiciliario (de forma que todavía no tiene el alta médica), su empleado sí tendrá derecho a disfrutar del permiso.
El permiso retribuido se puede disfrutar cuando desee el trabajador mientras dure la hospitalización de su familiar. Si dicha hospitalización se repite en el tiempo, cada nuevo ingreso hospitalario dará derecho a un permiso diferente.
Fuente: Apuntes & Consejos

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